domingo, julio 25, 2010

Cualquier excusa les viene bien para impedir el aborto no punible

*Exequiel Siddig


Con o sin firma ministerial, la guia técnica de la discordia tiene vigencia legal desde 2007.

En la ciudad de Córdoba, una niña de 11 años, violada y embarazada por un vecino –que está preso por ese delito– hace semanas recorre con su madre hospitales públicos para que le realicen un aborto. Tiene derecho. La ampara el artículo 86 del Código Penal, vigente desde 1921. Pero los médicos se niegan. Aducen “objeción de conciencia” o temor a ser demandados por organizaciones “defensoras de la vida”. Sin embargo, están obligados. Los abortos en Argentina son legales –según aquel artículo– si el embarazo puede poner en riesgo la vida o la salud de la mujer o “si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”.
La Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no Punibles del Ministerio de Salud (en adelante “la Guía”), hace una interpretación amplia del Código, de acuerdo con el derecho internacional vigente: por un lado está la violación a cualquier mujer; por el otro, el atentado al pudor contra una mujer minusválida. Ambos casos son contemplados.
La Guía, confeccionada en 2007 durante la gestión de Ginés González García al frente de la cartera sanitaria nacional, nunca necesitó tener carácter de resolución ministerial. Consultado por Miradas al Sur , el director nacional de Medicina Comunitaria Daniel Capponi acuerda que “una guía no tiene por qué estar firmada”. En este caso, se trata de la comunicación sobre la política reproductiva del Gobierno a los departamentos de ginecología y obstetricia para “que pueda alcanzar hasta la última sala sanitaria del país”, según indica la última actualización. Sin embargo, muchos médicos se han rehusado a cumplir con la ley, por lo que organizaciones de derechos de la mujer y sociales han demandado que la Guía tenga rango de Resolución Ministerial a través de la firma del ministro de Salud de la Nación, Juan Luis Manzur. Y, al parecer, el 12 del corriente mes así lo había hecho.
El martes 13, horas antes que las sórdidas levas marcharan en contra del matrimonio igualitario a la Plaza de los Dos Congresos, en Nueva York la representación argentina ante la Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU (Cedaw) aseguraba que la Guía tenía carácter de Resolución Ministerial nº 1184/2010. Pero el día 21, Manzur aseguró que jamás había firmado esa resolución.
La niña cordobesa de 11 años, violentada para el resto de su vida, según tres fuentes consultadas, en cierta forma ahora depende del Ministro de Salud. “Esta actitud confusa debilita de hecho la aplicación de la Guía; ahora es necesaria la firma del ministro para resolver la confusión”, dijo Marta Alanís, titular de Católicas por el Derecho a Decidir, quien cuenta el caso urgente con que empieza esta nota.

Aborto legal, seguro y gratuito. La nueva Guía está vigente. La coordinadora del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, Paula Ferro, destacó que la Guía busca “ser una referencia frente a la ausencia de normativas provinciales. El Estado Nacional está marcando así un piso de acceso a derechos”. Según el informe del Estado de la Población Mundial (Unfpa, 2009), la tasa de mortalidad materna en Argentina alcanza los 77 casos de 100 mil bebés nacidos vivos. Muy lejos de Bolivia (420 muertes) y Perú (410), los países latinoamericanos con la TMM más doliente.
Las estadísticas aceptadas oficialmente advierten que mueren 100 mujeres por año por prácticas de abortos mal realizados. En general, son mujeres de pocos recursos culturales y económicos. El miércoles pasado, el diario Clarín publicó esa cifra en un recuadro que confrontaba con el número de abortos clandestinos en el país, que ascienden a 447.000. Puesto así, parecen pocas muertes. “Pero así sean 10, 15 ó 1.000, si son muertes evitables, es inexcusable que no se eviten”, dice Alanís. “Hay muchos más fallecimientos por aborto; hay casos de decesos en que se diagnostica hemorragia u otras afecciones. Es irrespetuoso para la vida de esas mujeres traducir que son pocas muertes; son mujeres que dejan chicos huérfanos, que están en la plenitud de su vida.” El problema, como aduce la Guía, es garantizar “los derechos de los más desprotegidos”. Porque el problema del aborto es un problema de la pobreza. El riesgo de muerte de un aborto realizado en condiciones de asepsia y profesionalismo es mínimo. “Hay abortos que cuestan $3.000 ó $4.000. Hay abortos a domicilio. Alguien con el capital económico o simbólico para realizarlo, no tiene ningún problema. Muchos médicos que se niegan a practicarlo en un hospital, lo hacen en privado o tienen una tarjetita de un colega que lo realiza”, dicen cerca de la diputada Diana Conti, autora del más antiguo proyecto de ley para derogar el artículo 86 del Código Penal.
En cierto sentido, la lucha por el derecho al aborto es una puja entre lo público y lo privado. Desde el Ministerio de Educación se trabaja con la ley 26.150, que ampara el derecho a recibir en las escuelas educación sexual integral. “El Ministerio capacita a los docentes primero para reconocer su propio posicionamiento, y luego para separarlo de lo que tiene que enseñar”, dice Mirta Marina, coordinadora del Programa Nacional de Ecuación Sexual. “En el aula, abrimos el juego a que se expongan las diversas perspectivas, escuchando mucho a los chicos, partiendo de situaciones concretas y enseñando a no marginar a ninguna persona.”
Lo novedoso y más trascendente de la nueva Guía es que establece la posibilidad de que una mujer pueda requerir atención médica para el aborto sin necesidad de recurrir a la autorización de un juez. Un médico puede negarse, pero debe informarle a la paciente en la primera consulta y la institución médica debe asegurarle la atención de otro profesional. Así lo había entendido el juez Eduardo Pocoví, que procesó a seis médicos del hospital Iturraspe y Samco de la ciudad de Vera, en Santa Fe, porque se negaron a practicar un aborto en el tiempo requerido a Ana María Acevedo, una mujer de 20 años y condición muy humilde que murió el 17 de mayo de 2007, dolorida y deformada por el cáncer de mandíbula que padecía.
Un ginecólogo y obstetra porteño que trabaja en un hospital público explica la renuencia de algunos médicos, que no necesariamente son objetores del aborto. “No hay sustento legal que permita al médico meter a una paciente en un quirófano y hacer un raspaje. En la comunidad médica, muchos no quieren arriesgarse”, dice. “Muchos tienen una práctica pública y otra privada”, discute Alanís. “Entre las organizaciones defensoras de los derechos de la mujer identificamos entre servicios amigables y no amigables. La realidad es que las mujeres pobres no hacen juicio a los médicos”, concluye.

Contradicción. El Cels, Clarem, Católicas por el Derecho a Decidir y otras Ongs con voz en el Cedaw de la ONU reclamarán a su Comité de Expertos que pida explicaciones al Estado argentino por la contradicción sobre la nueva Guía. El Senado ya pidió a Manzur para que comparezca en el Congreso. El actual Ministro ya se había opuesto a la Ley de Salud Reproductiva cuando ocupaba el ministerio de Salud en Tucumán. Tuvo una amplia repercusión su gestión del Plan Nacer durante el período que ocupó en ese cargo. Según cifras oficiales –aunque discutidas por otros organismos y profesionales de la salud– la tasa de mortalidad infantil provincial bajó de 25, 3 a 12, 9 por mil niños y niñas. La vehemencia con que un Estado, provincia o municipio incorpora y sostiene sus políticas atenta o favorece la vida de las personas. Es lo que reclama la chica de 11 años en Córdoba, violada por un vecino y privada de sus derechos por los médicos de su propio país.

No hay comentarios.: